Para comprender la enseñanza sobre las indulgencias nos ayudará recordar primero la doctrina sobre el purgatorio: “Los que mueren en la gracia y la amistad de Dios, pero imperfectamente purificados, aunque están seguros de su salvación eterna, sufren una purificación después de su muerte, a fin de obtener la santidad necesaria para entrar en el gozo de Dios” (Catecismo1054).
Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en lo referente a la pena eterna. Y es que la confesión sacramental perdona todos los pecados y la pena eterna que merecen, pero no desaparece toda la pena temporal debida por ellos. Es decir, no desaparece la pena merecida por las injusticias y sufrimientos que hemos causado a nuestros semejantes durante la vida y que exige justicia y penitencia.
Pensemos, por ejemplo, en los maltratos, abusos, torturas, infidelidades, traiciones, etc. Las secuelas del pecado no desaparecen aun después de que las ‘penas eternas’ hayan sido redimidas. Las indulgencias se destinan a eliminar total o parcialmente esta ‘pena temporal’.
En otro caso, la purificación de la pena temporal se realizará después de la muerte, en el purgatorio. Pero estas penas temporales pueden ser perdonadas también por medio de las indulgencias, a través de las cuales la Iglesia administra los infinitos méritos de la redención operada por Jesucristo.
Pero para conseguir las indulgencias son necesarias por parte del penitente disposiciones de arrepentimiento y conversión, pues las indulgencias no son magia. Las indulgencias se fundan en el misterio de la ‘Comunión de los Santos’. Existe, de hecho, una comunión entre los bautizados: una solidaridad espiritual entre aquellos que caminamos hacia la Jerusalén celeste (Iglesia militante), los justos del Purgatorio que consuman su purificación (Iglesia purgante), y los bienaventurados en la gloria del Cielo (Iglesia triunfante).
Así como el pecado de uno daña a la santidad de todo el Cuerpo, así también la santidad personal y las oraciones de un miembro aprovecha a la santidad de todo el Cuerpo. La santidad de unos puede merecer ante la benevolencia de Dios, la clemencia para con otros y cooperar, de este modo, a su salvación.
Indulgencia jubilar
Para ganar la indulgencia plenaria se requiere la ejecución de una determinada práctica piadosa indicada por la Iglesia. Como, por ejemplo, las peregrinaciones de que se habla con motivo del año jubilar y, adicionalmente, se requiere el cumplimiento de las tres condiciones siguientes: la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Romano Pontífice. Se requiere, además, que se excluya todo afecto al pecado, incluso venial.
Las indulgencias no están destinadas a reemplazar los esfuerzos inherentes a la conversión y a la penitencia del cristiano. Pues, como ya dijimos no hay nada mágico. Si no hay de hecho esa renuncia a todo pecado, incluso venial, no se cumplen los requisitos para lucrar la indulgencia.
Con una sola confesión sacramental se pueden ganar muchas indulgencias plenarias; en cambio, con una sola comunión eucarística y con una sola oración por las intenciones del Sumo Pontífice solamente se puede ganar una indulgencia plenaria.
La condición de orar por las intenciones del Sumo Pontífice se cumple plenamente recitando un Padrenuestro y un Ave María por sus intenciones; aunque cada fiel puede rezar otra oración, según su devoción y piedad por el Romano Pontífice.
Insistimos, las indulgencias no están destinadas a reemplazar los esfuerzos dirigidos a la conversión.